lunes, 13 de enero de 2014

GOLPE DE ESTADO A LA BOGOTÁ HUMANA

ORDOÑEZ SALVE UD LA PATRIA

Ríos de tinta, horas, horas y horas en intervenciones radiales y de tv incluso desde antes de que el hoy Alcalde Mayor asumirá como primer mandatario de la capital, dedicadas a tachar no solo el ejercicio sin antecedentes en la forma de gobernar a favor de esas mayorías ancestralmente relegadas, sino afanosamente a censurar aspectos meramente personales, todo con la única y nada noble intención, de impedirle al ex guerrillero que fiel al compromiso de paz, insiste en ejecutar su promesa de gobierno hecha realidad en el Plan de Desarrollo que sin duda levanta ampolla en los poderosos alineados con las mafias y corruptos hijos del dinero fácil en detrimento de la cosa pública.


Demandas de pérdida de investidura interpuestas por el Concejal Orlando Parada señalado, investigado penalmente y ad portas de ser afectado con medida de aseguramiento, como uno de los sujetos que defraudaron la confianza de sus electores y tomó por botín el Distrito Capital, junto con los Nule y compañía; investigaciones disciplinarias lideradas por Personero Distrital Ricardo Cañon, de quien se dice en pacto demoníaco fue nombrado para bloquear a la administración de Gustavo Petro, tarea que como lo revelan los hechos no le quedó grande pues no menos de cinco funcionarios al servicio de la Bogotá Humana han padecido el rigor de su látigo Disciplinario y por supuesto “prestigiosos” periodistas, columnistas y en general opinadores con agenda que traicionando el deber constitucional de informar objetiva y verazmente, deponen sus plumas y sus voces sumisamente al jefe de turno, no han cesado en su pretensión próxima a consumarse de sacar por la puerta de atrás -esa si será noticia de primera página- a tan incómodo inquilino del Palacio Liévano.


Ataques, cuestionamientos y reproches de todas las tallas y desde variados escenarios, han sido la constante desde del 1 de enero de enero de 2012, contra la forma de gobernar y de procurar el acatamiento del mandato ciudadano del Alcalde Mayor, todo por atreverse a gobernar de cara los bogotanos, empeñado en rehacer el caos heredado de quienes sin escrúpulos asumieron los dineros de la capital como su caja menor por entonces sin dolientes, en tanto quienes hoy se rasgan las vestiduras, agotando los adjetivos en sus espacios radiales y de tv para desprestigiar al “improvisador” “terco” y “prepotente” alcalde progresista, cómplicemente guardaron silencio en relación con el concierto para delinquir que por más de tres años padecimos todos en esta la ciudad de todos.
Pues bien, la realidad desnuda una lógica que triste para la democracia, obliga a reflexionar sobre la posible consumación de lo que tinosamente el Alcalde Mayor no ha dudado en calificar como un golpe de estado contra la paz y el Estado de Derecho, en tanto, el desconocimiento de la voluntad soberana de la mayoría que ejerció su derecho a elegir, afrenta sin precedente, reivindica episodios que se suponían había quedado relegados a ese pasado oscuro de la humanidad inquisitorial, padre de las aberraciones más viles de que se tenga noticia. Somos testigos de excepción en punto de la vulneración sistemática de plurales derechos y garantías fundamentales en este evento, por parte que paradoja, del organismo de control encargado constitucionalmente de velar por la protección de los derechos de la sociedad.


Contaminada la prestigiosa entidad por quien hoy funge como su titular por el sesgo que casi intrauterinamente predica en temas de dogma religioso y político, el mismo que sin rubor descalifica y segrega a quienes se atreven a pensar diferente, ha sido enfilada con todos sus yerros o mejor con todos sus subalternos nombrados a dedo contra el osado Alcalde Mayor atrevido por anteponer a los intereses de unos pocos la defensa de grupos hasta hace poco discriminados y relegados. De  cuando acá los pobres, LGBTI, prostitutas, recicladores y demás pretenden ocupar un espacio digno en la sociedad ? Cómo así que el servicio de aseo fortín de élites minoritarias enquistadas en el establecimiento debe ceder su monopolio mal entendido al distrito ? Quién ha dicho que los estratos bajos tienen derecho a un mínimo vital de agua ? y en general, es el colmo que el descarado Alcalde hijo de la provincia sin alcurnia y apellido pomposo prefiera despachar desde Patio Bonito o Ciudad Bolívar que compartir viandas en los Clubes sociales con aquellos cacaos dueños del país.


Y entonces comprometido con el mandado de la extrema derecha que no se resigna a dejar de lucir sus elegantes trajes en la Plaza destinada para sacrificar la vida de seres indefensos él todo poderoso Procurador General de la Nación se alista como en la faena que extrañan esos filipichines a dar el puntillazo, le tiene sin cuidado que miles de miles ciudadanos exijan respeto por sus derechos, no le importa violentar normas de carácter internacional que vinculan al Estado colombiano, menos se inmuta con la solicitud para que se separe de conocimiento del legajo que cursa contra su seguro contrincante en futuras elecciones, por el contrario, aceleradamente y sin sonrojarse, sin dar la cara por lo menos, tras bambalinas orquesta y da los últimos retoques al golpe de estado contra la voluntad popular, todo para congraciarse con esas élites, políticas, económicas y mediáticas que no resisten, no toleran y sienten prurito en pensar siquiera que ese sujeto humilde, nacido en el caribe y que aprendió sus primeras letras en un municipio cercano a la capital salga avante y sea reconocido como un buen alcalde, pues se convertiría a futuro en una amenaza intolerable para sus ya desfondados bolsillos.

Sin embargo, y como no todo está consumado vale la pena el llamado a la cordura al abogado que encarna el señor Procurador General de la Nación Alejandro Ordoñez Maldonado, para que digno de la profesión imparta justicia, de manera objetiva, pero si sus compromisos son del talante que se mencionan en los corredores de la entidad que preside y que por las ejecutorias obligan a pensar que desde el origen hay un pacto para frenar a la Bogotá Humana, aún persiste una salida por la puerta grande jurídicamente hablando, está bien, siga siendo consecuente y entonces rechace la recusación que le fue interpuesta, pero por favor defensor de la sociedad, cumpla con el mandato del artículo 87 de la normatividad que rige para el caso :
“…Artículo 87. Procedimiento en caso de impedimento o de recusación. En caso de impedimento el servidor público enviará, inmediatamente, la actuación disciplinaria al superior, quien decidirá de plano dentro de los tres días siguientes a la fecha de su recibo. Si acepta el impedimento, determinará a quien corresponde el conocimiento de las diligencias.
Cuando se trate de recusación, el servidor público manifestará si acepta o no la causal, dentro de los dos días siguientes a la fecha de su formulación, vencido este término, se seguirá el trámite señalado en el inciso anterior.
La actuación disciplinaria se suspenderá desde que se manifieste el impedimento o se presente la recusación y hasta cuando se decida.
Artículo 88. Impedimento y recusación del Procurador General de la Nación. Si el Procurador General de la Nación se declara impedido o es recusado y acepta la causal, el Viceprocurador General de la Nación asumirá el conocimiento de la actuación disciplinaria..”

Nótese que la norma prevé que en caso de ser recusado y no aceptar las razones de quien peticiona su separación, en este caso el Procurador General de la Nación deberá remitir inmediatamente el proceso al superior quien resolverá; determinación que encuentra asidero con lo previsto en el canon 88 de la misma Ley 734 –Código Único Disciplinario-, en tanto el legislador previó que sólo de ser aceptada la causal de recusación o impedimento le compete resolver en este caso a la Viceprocuradora.

Así las cosas, en el sub lite es evidente que frente a la no aceptación de la recusación, por parte del señor Alejandro Ordoñez, adicional a que la señora Viceprocuradora fue recusada por las mismas causales, resulta palmario la imposibilidad de que sea esta misma funcionaria la que se pronuncie sobre el tema so pena de acumular en seguidilla las flagrantes violaciones de los derechos fundamentales del disciplinado.

Qué escenario jurídicamente hablando se avisora entonces frente a la recusación propuesta ? Primero : que el titular del organismo de control sabiamente decida avalar el petitum de separación y entonces se declare impedido y salomónicamente delegue la tarea en el Senado para que tras la integración de la obligada terna para el efecto el legislador elija Procurador Ad hoc, funcionario que tendría la responsabilidad histórica y el reto jurídico de desatar el recurso de reposición incoado por el Alcalde Mayor bien confirmado la destitución y la inhabilidad por todos conocida, ora confirmando parcialmente el fallo a quo en el sentido de sancionar disciplinariamente al procesado pero aplicando de manera directa el artículo 4 y 93 de la Carta Política en consonancia con el trillado 23 internacional, dejar incólume el ejercicio de sus derechos políticos o revocar la sentencia de primera instancia absolviendo al investigado. Segundo : que el Procurador General de la Nación despache de manera adversa la recusación, suena lógico pero entonces en acatamiento de las normas citadas en precedencia que le es imperativo CUMPLIR , decida uno de dos caminos :  o remite las diligencias al Senado en el evento de estimar que por ser su nominador dicha célula funge como su superior a fin de que se le imprima el trámite de ley a la recusación designando igualmente un procurador ad hoc ; o que convencido de que siendo el Honorable Consejo de Estado su superior –recuérdese que dicha Corporación es quien lo disciplina-, prefiera dejar en mano de este alto tribunal la suerte de la recusación. Vale mencionar que entratándose de recusación interpuestas contra el Personero Distrital existe precedente en el sentido de que quien asume como superior el tema de las recusaciones es el Procurador General de la Nación por ser éste quien lo disciplina. Como dicen los juristas, mutatis mutandis entonces el tema de recusación le compete al Honorable Consejo de Estado juez natural disciplinario del Procurador General de la Nación al haber sido postulado este por la Honorable Corte Suprema de Justicia.

Señor Procurador General de la Nación sepa que la decisión que adopte en este sonado e importante proceso, no es uno más de lo que ha arribado a su escritorio, lo que está en juego adicional a la credibilidad, buen nombre y prestigio de la justicia disciplinaria a nivel nacional e internacional, es el respeto por mandatos internacionales vinculantes para nuestro país, la seguridad jurídica, el respeto por los derechos y garantías fundamentales, la credibilidad de las instituciones, la estabilidad de las mismas, el respeto de la voluntad del constituyente primario, de la democracia y del Estado de Derecho y paz en Colombia.


Firma



Anónimo ciudadano preocupado

No hay comentarios:

Publicar un comentario